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Estudios Públicos: Nº 49, 1993. Hacia una regulación y supervisión más eficiente del sistema bancario Andrés Reinstein y Rodrigo  Vergara M. (autores)

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A la luz de un análisis conceptual de lo que es un banco y de la fundamentación general de las regulaciones estatales a dichas instituciones, en el presente estudio se examina la evolución reciente de la legislación bancaria en Chile y se plantean diversas áreas en las que se podrían introducir modificaciones con el fin de contribuir al mejor funcionamiento y desarrollo de los bancos.
Según los autores, si bien los bancos tienen características especiales, éstas son menos que las que comúnmente se les asocian. La diferencia fundamental de la industria bancaria respecto de otras consiste en que ella administra el sistema de pagos, lo cual, de interrumpirse, puede causar graves daños a la economía. Es por ello, entonces, que el Estado vela por la mantención de este sistema, a la vez que suele buscar a través del sistema bancario la provisión de un activo libre de riesgo para el pequeño ahorrante. Ambos objetivos, protección del sistema de pagos y un activo libre de riesgo para el pequeño ahorrante, los logra asegurando tanto los depósitos a la vista como los a plazo. Al asegurar los depósitos el Estado se convierte en un nuevo acreedor, y como tal debe actuar en forma responsable. Esto significa cobrar una prima que refleje el riesgo que está asumiendo, evitar que se produzcan problemas de agencia y supervisar que las regulaciones sean cumplidas.
Para prevenir los problemas de agencia (o de incentivos perversos), el Estado, en la práctica, limita a los bancos tanto por el lado del financiamiento como por el lado de los activos. Sin embargo, sostienen los autores, un detallado análisis permite concluir que limitaciones muy restrictivas por el lado de los activos son por lo general ineficientes y reducen la competitividad de los bancos. En este sentido la regulación debe dejarles suficiente libertad para que éstos aprovechen eficientemente sus activos en la provisión de servicios financieros. En consecuencia, se concluye, el énfasis de la regulación debe estar en la fijación de límites a las políticas de financiamiento, al pago de dividendos y a las provisiones que los bancos deben constituir, todo lo cual debiera ir acompañado de una supervisión adecuada. La legislación chilena actual recoge muchos de los aspectos que se identifican con una legislación eficiente; sin embargo, observan los autores, es susceptible de ser mejorada. De las opciones que apuntarían en esa dirección, están, entre otras, una mayor desregulación de las actividades que pueden realizar los bancos, el cobro de una prima asociada al riesgo de cada institución y una reducción en la razón deuda/capital máxima. Con las modificaciones propuestas surgirán probablemente los llamados bancos universales (o supermercados bancarios), los que operarán conjuntamente con otras instituciones más especializadas que ofrecerán uno o pocos productos. De hecho, se señala, esta es la forma organizacional en la que opera el sistema financiero en una gran parte de la Comunidad Económica Europea.


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