La tasa de desempleo en el Gran Santiago subió a 13,0% para hombres en marzo de 2009, según la U. de Chile. Proponemos no confundir medidas para perfeccionar el mercado laboral, con medidas para hacer frente a las recesiones. Las primeras son permanentes y las segundas son transitorias.
Frente a una caída en la demanda, existen ventajas de repartir la carga del ajuste reduciendo la jornada y el ingreso para muchos, respecto a concentrarlo despidiendo a unos pocos. Sin embargo, la evidencia internacional es contraria a obligar a las partes a reducir jornadas.
Con todo, existen efectos externos, no tomados en cuenta por las partes cuando deciden entre despido y reducción de jornada, y esos efectos externos son más intensos en ciertas recesiones. La reducción de jornada modera el riesgo de ingreso para las familias y por ello modera el ahorro por precaución, por lo cual contribuye a sostener la demanda agregada.
Hace décadas el mundo ha experimentado con subsidios fiscales a la reducción voluntaria de jornada e ingresos. En los países europeos donde existen programas de este tipo, el ajuste en las horas totales trabajadas en más rápido que en los Estados Unidos, a pesar de que en este último país el ajuste en el empleo es más rápido (Van Audenrode 1994).
Propongo crear un nuevo “Fondo para la Redistribución del Empleo en Recesiones”, que subsidie las reducciones transitorias de jornadas e ingresos acordadas por las partes. Una condición es que la reducción sea iniciada cuando la tasa nacional de desempleo esté sobre 8%. Esto asegura que este programa sea anticíclico y transitorio.
Otra condición es que el ingreso por hora después de la reducción sea superior o igual al ingreso por hora anterior a la reducción.
Para evitar la concentración del ajuste en unos pocos, se propone exigir que se acoja al menos el 50% de los contratados en cada empresa acogida. Dos tercios del subsidio serían pagados al trabajador y un tercio al empleador.
Aquí se cuantifica la siguiente fórmula: el monto del subsidio mensual sería un 60% de la reducción de ingreso pactada, menos una suma que focaliza al subsidio, sin impedir que llegue a la clase media.
El costo fiscal se estima en 214 millones de dólares por cada episodio recesivo. Considerando años recesivos, regulares y auges en igual proporción, el costo fiscal es 71 millones de dólares al año. Esta cifra es abordable, y es inferior al gasto fiscal anual en empleos de emergencia.
Si el 10% de los ocupados dependientes aceptara re- ducciones de jornada e ingreso, unas 900 mil personas experimentarían de cerca el sistema propuesto.