Prohibir las donaciones de personas jurídicas limitaría de forma injustificada el acceso a las economías de escala para participar y expresarse en política.
Es correcto que personas jurídicas den dinero a las candidaturas? En muchas democracias las personas jurídicas fundan partidos y los financian. El Partido Laborista británico fue creado y financiado 100% por sindicatos británicos. En Uruguay, Israel y Rusia las asociaciones de pensionados han fundado partidos. Algunas iglesias fundaron partidos DC. Esta realidad se explica porque, al asociarse, las personas reducen los costos de transacción de actuar en política y aprovechan economías de escala. El acceso a estas economías está protegido por el derecho de asociación.
La participación de las personas jurídicas que donan dinero a las campañas es de mucho menor intensidad que fundar partidos. En efecto, el dinero sólo permite emitir más mensajes publicitarios. Un orden libre permite, al menos, la expresión vía donaciones reguladas de las personas jurídicas.
El fin de la persona jurídica es irrelevante para esta discusión. El objetivo de un sindicato y de una asociación de agricultores es el lucro de sus asociados. No importa que el lucro no quede en el sindicato mismo, pues igual se busca el lucro de los socios. No hay diferencia con la empresa que dona a un partido que propone bajar los impuestos. Incluso, una empresa puede donar para que la política funcione mejor, si cree que una mayor estabilidad democrática reduciría el riesgo de sus negocios. No debe preocupar que una donación sea por interés, mientras ese interés sea de orden general y no un tráfico de influencias.
El rol correcto para la ley es exigir que las donaciones de personas jurídicas ocurran por vías que impidan el tráfico de influencias, como la corrupción y la extorsión. Prohibir las donaciones de personas jurídicas, como acaba de proponer la Presidenta Bachelet, va contra todos los antecedentes expuestos. Ello limitaría de forma injustificada, y por tanto intolerable, el acceso a las economías de escala para participar y expresarse en política. La libertad de expresión política estaría amenazada.
Respecto de posibles perfeccionamientos, discrepo de José Miguel Insulza, quien en 2003 gestó la actual prohibición a las donaciones de sindicatos y ONG a la política. Ellos tienen un derecho constitucional a donar, aunque por vías que limiten la corrupción y la extorsión. Desde luego, la ley debería aplicarles un límite análogo al 1% de las utilidades que acota las donaciones de empresas. Podrían ser limitadas al 10% de las cuotas que reciban de socios que sean persona natural. Eso también evitaría que las ONG sean usadas para intermediar donaciones de terceros que desean eludir la limpieza del Servel. También deberían cumplir el límite de 10 mil UF.
Asimismo, es un abuso asfixiar las donaciones de empresas pequeñas a la política. Ese es el efecto real de la ley que define la base del tope de 1% como la utilidad del mismo año en que ocurre la donación. Considerando la alta fluctuación de utilidades de las empresas pequeñas, esa base debería ser la mayor de las utilidades de los últimos cuatro años. Hay otros perfeccionamientos pendientes a las donaciones de personas jurídicas, pero discutir sobre ellas no tiene sentido, mientras el gobierno pretenda imponer una prohibición total.