Puntos de Referencia Nº 46, marzo 1990.

Estabilidad en el empleo. Una discusión

Francisco Pérez Mackenna |
  • Cualquiera sea la normativa en el campo laboral, ésta tiene que permitir que se promueva la creación de nuevas empresas; que nazcan nuevas empresas, y que las que existan aumenten sus necesidades de contratación de mano de obra calificada y no calificada.
  • Si por alguna razón una empresa no puede competir en condiciones aceptables y pagar remuneraciones adecuadas debido a que el medio en el cual se está desenvolviendo no permite la generación de ingresos suficientes debe existir la posibilidad de echar pie atrás sin tener que perderlo todo.
  • En el caso de despido, el trabajador merece una compensación. Además de las causales éticas, esto nace de la pérdida de capital humano específico que sufre y del hecho que el momento de su despido puede, desde su perspectiva, no ser el mejor.
  • Un mecanismo concreto para regular el problema de los despidos podría ser el siguiente:
    • Mantención del despido sin necesidad de tener que probar alguna causal específica.
    • Obligar a una indemnización de un mes por año de servicio sin tope pagadero tanto en los casos de despido como de renuncia voluntaria.
    • Establecer obligación de la empresa de constituir reservas para tales indemnizaciones.
    • Permitir que la constitución de estas reservas sea gasto para fines tributarios.
    • Apuntar en la ley las causales prohibidas en los despidos, de modo de evitar discriminación.
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