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¿Cómo deberán fallar los tribunales bajo la nueva Constitución?

Comunicaciones CEP.

¿Cómo deberán fallar los tribunales bajo la nueva Constitución?

Marianne González y María Eugenia Sandoval analizaron los principios que orientan el trabajo de la judicatura.

En medio del debate en la Convención sobre sistemas de justicia, las abogadas Marianne González y María Eugenia Sandoval intentaron responder a la pregunta “¿Cómo deben fallar los tribunales en la nueva Constitución?, que fue el origen del seminario realizado en el auditorio del Centro de Estudios Públicos (CEP) el 28 de marzo pasado y que fue moderado por el investigador del CEP, Lucas Sierra. 

En primer término expuso, Marianne González, doctora en Historia de la Universidad de Columbia y profesora de derecho de la Universidad de Chile, quien señaló que la mayor ruptura que introduce el texto constitucional viene dada por el principio de paridad, no por el enfoque de género. En su opinión, “la paridad es lo que va a permitir empujar el último cerco de resistencia que ha impedido la incorporación de las mujeres en plena igualdad en el Poder Judicial y formalizar dicho principio nuevamente para evitar retrocesos”. Además, la académica abordó el tema del pluralismo jurídico señalando que “efectivamente ha significado una ruptura bastante más notoria y radical con lo que es la estructura jurídica y judicial de los últimos 200 años de nuestra historia propiamente nacional”.

Por su parte, la jueza María Eugenia Sandoval, ex ministra de la Corte Suprema y consejera de la Academia Judicial, pasó revista a los principios que enmarcan las decisiones de los jueces a la hora de dictar sentencia. Sandoval analizó los principios de inexcusabilidad, la razonabilidad de los plazos para fallar y la independencia que deben tener, señalando que “la jurisdicción debe resolver de acuerdo a la Constitución, a la ley y a estos tratados e instrumentos internacionales suscritos por el Gobierno de Chile relativo a derechos humanos”.