La Tercera
Opinión

Derecho a voto en jaque

Sylvia Eyzaguirre T..

Derecho a voto en jaque

El costo de la mediocridad del Estado siempre lo terminamos pagando los ciudadanos y en este caso la democracia.

Esta semana el gobierno anunció que los contagiados con Sars-cov-2 no podrán votar en el plebiscito de octubre. Lamentable noticia, pues implica privar a algunos ciudadanos de un derecho fundamental.

Desde un punto de vista jurídico no es tan evidente que dicha decisión pueda tomarse. El estado de excepción constitucional entrega facultades excepcionales al Presidente de la República, que permiten suspender algunos derechos fundamentales de las personas, pero dentro de estos derechos no está contemplado el derecho a sufragio. La Constitución, por su parte, en su artículo 16, establece tres causales para la suspensión del sufragio (demencia, estar acusado por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique de conducta terrorista y por haber sido sancionado por el Tribunal Constitucional en relación con la participación de movimientos o partidos políticos antidemocráticos o que inciten a la violencia), pero ninguna de ellas hace referencia a condiciones de salud física. De hecho, la Ley Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios no contempla la salud del votante como un factor por el cual la mesa pueda negarle el voto. Ahora bien, el Código Sanitario entrega facultades extraordinarias a las autoridades en caso de epidemia o por un aumento notable de alguna enfermedad que implique grave riesgo para la salud de los habitantes. En estricto rigor, el Código Sanitario no permite privar a alguien del derecho a sufragio, solo puede impedir que esa persona salga de su casa o del recinto en que se encuentra. He aquí el conflicto. Las restricciones que impone el Código Sanitario afectan un derecho fundamental, como es el de sufragio, para el cual no tiene atribuciones.

¿Cómo resolver esta tensión? El conflicto en el fondo es técnico y no de principios, pues perfectamente se puede conciliar el derecho a voto con la restricción de movilidad; y es tarea del gobierno encontrar la solución. Para ello no es necesario inventar la rueda, basta mirar la experiencia internacional para adoptar alguno de los mecanismos que permiten resguardar el derecho a voto junto con proteger la salud de la población. Por supuesto, implementar un cambio en esta materia, como por ejemplo el voto remoto o a domicilio, es imposible de realizar a 60 días del acto electoral, como dijo este jueves el ministro del Interior. Un cambio de esta naturaleza requiere de preparación. Por eso da tanta rabia que recién se hayan dado cuenta de eso, cuando deberían haber estado de cabeza trabajando desde marzo. También la oposición peca de omisión, pues perfectamente podrían haber presentado una moción parlamentaria que permitiera el voto a distancia, obligando así al gobierno y al Servel a trabajar de forma conjunta en una solución satisfactoria.

El costo de la mediocridad del Estado siempre lo terminamos pagando los ciudadanos y en este caso la democracia. Dado el apretado calendario electoral en los próximos años y la incertidumbre sobre la pandemia, resulta fundamental que el gobierno encuentre una solución para resguardar tanto la salud como el derecho a voto.