Nº 45, marzo 1990.
Puntos de Referencia
Derecho
Economía
Políticas públicas
Trabajo

Análisis económico de la legislación laboral

Valentín Carril.

  • Las modificaciones laborales debieran estar insertas en el marco de la ley actual y armonizar la mantención de un bajo desempleo con la creación de empleos productivos y remuneraciones dignas.
  • El gobierno no debe intervenir en las negociaciones entre empleado y empleador, sólo remitirse al establecimiento de reglas generales que deben tener en consideración el hecho de que, en principio, es el trabajador la parte débil en estas negociaciones. Por tanto, las modificaciones debieran apuntar a elevar el poder de negociación del empleado.
  • Equilibrar el poder de negociación entre empleador y empleado exige que cada trabajador pueda mantener un ingreso similar a su remuneración por un período de entre 6 y 9 meses, luego de perder su empleo.
  • Para el logro de este objetivo, sin afectar seriamente la flexibilidad del mercado laboral, se propone mantener la indemnización de un mes por año de servicio, con un tope de cinco meses, pero pagadera en cuotas de un 80% del último sueldo percibido. Además cada trabajador debiera realizar un ahorro forzoso, canalizado a través de las AFP, equivalente al 3% de su remuneración neta, hasta acumular el equivalente a 3 meses de remuneración.
  • El ahorro será entregado al trabajador después de que se extinga la indemnización, en caso de renuncia voluntaria o en el momento en que decida ir a la huelga.
  • Desde 1984 en adelante, las huelgas se han incrementado, lo que demuestra que éstas son un elemento efectivo de presión. La baja sindicalización puede deberse al hecho dé que los trabajadores prefieren negociar por grupo, dado que el costo de mantener a los sindicatos sería alto comparado con los beneficios que éste otorgaría. La sindicalización aumentaría, entonces, de hacerlo la eficiencia de los sindicatos.