El tema de cómo asegurar que en la producción de la ley se respeten los compromisos constitucionales es uno de los asuntos que ocupa a la literatura desde que apareció la moderna democracia de masas.
- El tema de cómo asegurar que en la producción de la ley se respeten los compromisos constitucionales es uno de los asuntos que ocupa a la literatura desde que apareció la moderna democracia de masas.
- ¿Deberán ser los jueces ordinarios o de Casación quienes, a propósito de los casos concretos, aseguren el cumplimiento de la constitución o debe existir un órgano especializado que administre los límites entre la política y el derecho?
- Adoptar la primera alternativa reestableciendo el control de constitucionalidad que poseía la Corte Suprema en la Carta de 1925 supone renunciar al control del Legislativo. Este último exige —como lo sugirió Kelsen a inicios del siglo XX— la existencia de un Tribunal Constitucional integrado por juristas profesionales e independientes, capaces de discernir jurídico-políticamente.
- Sin ese control, la mayoría queda entregada a sí misma, un riesgo que el control constitucional, desde inicios del siglo XX, ha intentado evitar.