El primer argumento para prohibir las donaciones de las personas jurídicas es que las personas jurídicas no votan. De ello se deduce que tampoco deberían donar a la política, sin embargo, las personas jurídicas tampoco van a la ópera, no hacen deporte, ni van a clases y, a pesar de ello, el Estado las autoriza a donar al Teatro Municipal, al desarrollo deportivo y a la educación. En mi opinión se está confundiendo la capacidad de escuchar ópera con la de donar dinero para que exista música, que es algo muy diferente. Lo mismo pasa con la capacidad de sufragar. Ella no debe confundirse con la capacidad de donar dinero para que los candidatos puedan comprar mensajes publicitarios y hacérselos llegar a la ciudadanía. Se trata de cosas distintas y mi evaluación es que esta frase es un simple slogan, pues no tiene consistencia conceptual.