- El proyecto amplía la capacidad de negociar colectivamente, facultando para ello a los sindicatos interempresas, a dos o más sindicatos de distintas empresas, a federaciones o confederaciones.
- Al mismo tiempo, elimina la posibilidad de conducir una negociación a grupos de trabajadores que no estén sindicalizados.
- Los resultados de la negociación se pueden extender no sólo a los partícipes en ella, sino también a quienes se Integren con posterioridad a la empresa y así lo soliciten, los que deberán pagar un aporte al sindicato por este beneficio.
- En el caso de la negociación con un sindicato interempresa, las decisiones que corresponda votar a los trabajadores se toman en cada empresa individualmente, incluso la de ir a la huelga o terminar con ésta.
- Durante la huelga, que puede ser indefinida, se prohíbe contratar reemplazantes.
- El retiro de un trabajador de ia huelga, para reincorporarse individualmente al trabajo, sólo puede darse transcurridos 15 días de ésta, y siempre que el empleador ofrezca condiciones no inferiores a las actuales, reajustadas según el IPC.