La reforma al empleo público ofrece una valiosa oportunidad para hacernos cargo de la multiplicidad de estatutos y problemas asociados a los estamentos, con el fin de ordenar a la administración pública al servicio de la ciudadanía.
Recientemente el ministro de Hacienda ha anunciado que convocará a una Comisión para la reforma del Estatuto Administrativo (EA). Esta es una buena noticia, pues da cuenta de la necesaria voluntad política para modernizar estructuralmente el Estado desde sus recursos humanos.
Sin embargo, este impulso enfrenta una serie de complejidades, siendo central la multiplicidad de leyes que rigen a los distintos asalariados del sector público y sus estamentos.
En efecto, si bien el EA es la principal estructura que rige al empleo público, a nivel municipal los funcionarios se rigen por su propia norma, que es el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
A ello se suman el Estatuto Docente, el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública, el Estatuto Médico y el régimen del personal de tribunales. También se encuentran los estatutos de Carabineros, Gendarmería, PDI y FF. AA., a los que se suman servicios que definen su relación laboral según reglamentos ad hoc, como las instituciones de educación superior estatales. Por último, no hay que olvidar todos aquellos funcionarios que se rigen por el Código del Trabajo, ya sea por defecto o porque son cierto tipo de honorarios.
Así, si la Comisión anunciada por el ministro de Hacienda apuntara solo al EA, podría terminar abarcando o aproximándose a un tercio del total de asalariados del sector público. Para evitar este problema, la reforma necesariamente debe apuntar a lograr ajustes específicos en los distintos cuerpos legales, cada uno con sus particularidades y problemas (CPC, CPP UC y CEP 2026). Ahora bien, abordar los distintos estatutos tendrá el clásico problema de la eventual resistencia que puedan ejercer los stakeholders de la reforma.
En el marco de esta dificultad es donde la modificación de los estamentos ofrece una oportunidad. Actualmente existen cinco estamentos: directivo, profesional, técnico, administrativo y auxiliar. Del estamento depende la remuneración que puede alcanzar el funcionario, pero el estamento está condicionado más al grado académico que a la función.
Así, en los profesionales se encuentran personas con educación superior, abarcando labores tan disparejas como las que llevan a cabo enfermeras en salud y administradores públicos en otras áreas. También hay personas con cargos de directores, «encargados» o «jefes». En los técnicos hay personas con conocimientos específicos que apoyan la entrega de servicios, pero hay profesionales esperando para ascender. En los estamentos administrativos y auxiliares la borrosa división es aún menos clara ya que en la práctica ambos terminan mezclándose.
En la práctica, el problema de esta débil conexión entre las categorías y las habilidades necesarias es que no permite una adecuada planificación de la fuerza laboral, desincentiva a la fuerza laboral, debilita la transparencia y perjudica la movilidad entre servicios públicos.
La reforma al empleo público ofrece una valiosa oportunidad para hacernos cargo de la multiplicidad de estatutos y problemas asociados a los estamentos, con el fin de ordenar a la administración pública al servicio de la ciudadanía.



