El Mercurio
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Economía

Paridad de género y financiamiento electoral

Carmen Le Foulon M., Javiera Gazmuri V..

Paridad de género y financiamiento electoral

El diseño de las reglas de paridad en la elección de la Convención fue conducente a un cambio de comportamiento de los partidos, incentivándolos a adaptarse y apoyar igualitariamente a hombres y mujeres en términos económicos.

La elección de convencionales constituyentes fue el primer proceso de votación en Chile que incorporó un mecanismo que aseguraba no solo la paridad de género en las candidaturas, sino también en la elección: de los 155 escaños de la Convención Constitucional, 78 son hombres y 77 mujeres. Si bien el mecanismo garantizó la integración paritaria de la Convención Constitucional, no incluyó obligaciones financieras de ningún tipo.

En un estudio que realizamos en el Centro de Estudios Públicos, en base a la información sobre financiamiento de las campañas publicada por el Servel, pudimos observar que, tanto en Vamos por Chile como en la Lista del Apruebo, los aportes de los partidos políticos son los únicos donde no se evidencia una brecha de género. En todos los otros tipos de aporte, ya sea de terceros, propios o a través de créditos con mandato, la brecha es sustantiva y a favor de los hombres. Así, si bien los partidos entregaron aportes similares a hombres y mujeres, no lograron compensar el menor financiamiento de las candidatas en el resto de los aportes. Por otro lado, Apruebo Dignidad tiene un comportamiento diferente y montos mucho menores que el de las otras listas: se observan brechas a favor de las mujeres, pequeñas pero sistemáticas, para la mayoría de los aportes, incluyendo el de los partidos.

¿El diseño de las reglas de paridad cambió los incentivos de los diferentes actores financiadores? Para responder esta pregunta, comparamos las elecciones de convencionales constituyentes y la de diputados de 2017. Las elecciones parlamentarias 2017 contaron por primera vez con una cuota de género, pero su diseño presenta falencias que atenúan su impacto. Por ello, el mecanismo de convencionales constituyentes contó con tres grandes diferencias, más allá del cambio de porcentaje de inclusión del 40% al 50%. Primero, este aseguraba la elección paritaria de representantes y no solo la paridad en la inscripción de candidaturas. Segundo, la paridad de género debía cumplirse a nivel distrital, y no a nivel nacional, como fue en las elecciones parlamentarias de 2017. Y tercero, se establecieron reglas sobre el encabezamiento y el orden de las candidaturas en la papeleta, lo cual va en línea con la evidencia sobre sesgos cognitivos, por ejemplo, la tendencia a elegir a quienes encabezan la lista. Estas tres diferencias disminuyeron el espacio e incentivos para el cumplimiento meramente simbólico de la cuota, ya sea a través de incorporar candidatas poco competitivas o posicionarlas en distritos más difíciles de ganar.

Los resultados muestran que el comportamiento de los partidos se asocia a las reglas de paridad. Específicamente, en 2017 existía una brecha significativa a favor de los hombres en todos los tipos de aportes en Vamos por Chile y en la Lista del Apruebo. La brecha en los aportes de partidos disminuye de manera significativa en la elección de convencionales constituyentes, lo cual no ocurre con los otros tipos de aportes. Esto va en línea con la hipótesis de que la paridad establecida en la elección de convencionales constituyentes generó adaptaciones estratégicas por parte de los partidos, igualando sus aportes a candidatas y candidatos. Sin embargo, el cambio en el comportamiento de los partidos no fue suficiente para cerrar las brechas de género en los aportes totales, ya que el resto de los agentes financiadores siguieron favoreciendo a los hombres.

Las cuotas de género buscan abrir espacios de competencia y promover cambios culturales, generando las oportunidades para que, eventualmente, esta acciones afirmativas se vuelvan innecesarias. La paridad, por su parte, establece la integración de las diferencias sexuales a la democracia representativa. Así, el análisis presentado es consistente con que el diseño de las reglas de paridad en la elección de la Convención fue conducente a un cambio de comportamiento de los partidos, incentivándolos a adaptarse y apoyar igualitariamente a hombres y mujeres en términos económicos. Sin embargo, esto no se extendió al comportamiento de los actores financiadores distintos a los partidos políticos, en el cual no parecen verse reflejados los cambios culturales ni tampoco afectados por los incentivos antes descritos. Para seguir equiparando la cancha es fundamental distinguir entre las diferentes fuentes de las brechas y sus mecanismos. Aún falta camino por recorrer para que las mujeres no estén en desventaja para postularse a cargos políticos, pero nuestro análisis muestra que el cambio es posible.