El Mercurio
Opinión

Bicameralismo: los temas pendientes

Carmen Le Foulon M..

Bicameralismo: los temas pendientes

Un aspecto fundamental ausente en la actual propuesta es la forma de resolver las acusaciones constitucionales: el Congreso de Diputados no puede se juez y parte, por lo que la Cámara de las Regiones debe mantener el rol de jurado si queremos mantener el debido proceso.

La propuesta aprobada este miércoles en la comisión de Sistema político es un importante avance con respecto del anterior informe, pero aún presenta falencias que deben ser abordadas, así como temas pendientes que deben ser incorporados.

En primer lugar, si bien la propuesta se presenta como un bicameralismo asimétrico, tal como está redactada, la cámara territorial sigue siendo una cámara con escasa incidencia en la política nacional. Lo que se contrapone directamente con el objetivo de una mejor y efectiva descentralización. Pero además, en un sistema presidencial el cual se basa, y requiere, un sistema de pesos y contrapesos balanceados, la Cámara de las Regiones queda seriamente debilitada.

Así, las atribuciones de la Cámara de las Regiones, donde las regiones estarán representadas en pie de igualdad, siguen estando sumamente limitadas. En lo sustantivo, no se agregaron nuevas atribuciones y de hecho, en algunos casos fueron aún más limitadas. Por ejemplo, mientras en el primer informe el Consejo Territorial podía intervenir en contiendas de competencia, pierde esa facultad en la actual propuesta. Para una efectiva descentralización y sistema de pesos y contrapesos balanceados, la Cámara de las Regiones debe poder votar sobre todos los proyectos de ley.

Es la única forma de garantizar que su opinión sea efectivamente escuchada y, sobre todo, respondida de manera reflexiva por la cámara de representación proporcional de la población. Las regiones, en pie de igualdad, deben poder debatir sobre proyectos de impacto nacional, como educación, salud, pensiones o laborales, entre otros. Se ha dicho que esto es volver al sistema actual, pero se debe recordar que en un bicameralismo asimétrico, el Congreso de Diputadas y Diputados siempre podrá insistir. Un aspecto fundamental ausente en la actual propuesta es la forma de resolver las acusaciones constitucionales: el Congreso de Diputados no puede se juez y parte, por lo que la Cámara de las Regiones debe mantener el rol de jurado si queremos mantener el debido proceso. Otros silencios que deberán ser abordados son los tratados internacionales. Considerando que muchas veces afectan de manera diferenciada a las regiones, es esencial que puedan ser revisados por la cámara territorial.

Un elemento que debe ser revisado es la forma de elección de los integrantes de la Cámara de las Regiones, así como la relación con la Asamblea Regional. Si bien son elegidos por voto directo, se señala que “son miembros de la Asamblea Regional a la que, dentro de sus competencias, representarán en la Cámara de las Regiones” y tendrán la “obligación de rendir cuenta ante la Asamblea Regional que representan”. Por lo que se fortalece la rendición de cuentas horizontal, en desmedro de la vinculación con la región —y por tanto, la rendición de cuentas ante ella—. Esto es más cercano a la relación que tendría bajo un mecanismo de elección indirecta —idea que rondó por la Convención—. Si bien es importante la relación horizontal, existen otros mecanismos más adecuados que no debiliten la relación ante la ciudadanía. La forma de elección es aún más confusa. A diferencia de las reglas electorales del Congreso de Diputadas y Diputados, que se deja a la ley, para esta cámara se detalla, pero de una forma poco clara que puede interpretarse como que las candidaturas tanto de la Asamblea Regional como de la Cámara de las Regiones deben ser elegidos en la misma papeleta —interpretación avalada por la pertenencia de ambos en la Asamblea—. Si esto fuera efectivamente así, sería la única papeleta en que la ciudadanía debe emitir dos votos. Esto además de generar confusión y probablemente, resultar en una alta proporción de votos nulos, implica la existencia de integrantes de primera y segunda categoría. Los que, además, y, por definición (ya que se eligen menos integrantes a la Cámara que a la Asamblea), tendrán una gran diferencia en las votaciones obtenidas.

Es de esperar por tanto, que se siga escuchando y deliberando, y así se allanen a incorporar mejoras al diseño del entramado institucional con miras a alcanzar un adecuado balance de los pesos y contrapesos que incentive la cooperación y potencie de forma efectiva, y no puramente nominal, la descentralización.