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Opinión

El poder de la incertidumbre

Sebastián Izquierdo R..

El poder de la incertidumbre

No debemos confundir el abrir espacios de discusión con el conformar escenarios inciertos más de lo necesario, en donde las respuestas no asusten más de lo que las preguntas nos puedan inquietar.

No hay duda de que el desarrollo constitucional ha estado marcado por un alto grado de incertidumbre política y económica. Si bien se logró encausar institucionalmente la convulsión social que dio origen al proceso, el camino ha sido más de ripio que de pavimento. Considerando el gran número de dudas que abre la construcción de una nueva constitución desde una hoja en blanco, hay creciente inquietud por parte de los actores económicos, los cuales, a pesar de estar acostumbrados a navegar en diferentes escenarios de riesgo, no disponen de oráculos para saber qué depara la incertidumbre del futuro. 

Por supuesto que todo momentum constitucional conlleva su propia vacilación. El problema es que la discusión ha estado marcada por un torbellino de ideas y enfrentamientos, que han terminado por sembrar más dudas que certezas. Considerando que estamos ad portas de concluir el texto final de borrador, me pregunto qué aspectos económicos de la propuesta se han visto afectados por todo este dilema:

  1. ¿Qué tan autónomo estaría quedando el Banco Central? Algo de agua ha corrido debajo del puente en este asunto. En mi columna anterior publicada en este medio, pudimos ver acabadamente cómo es que a pesar de que en el borrador se propone la autonomía de la institución, ella no queda garantizada firmemente. Aún hay muchos aspectos que se dejan en manos de una simple ley, la cual podría, por ejemplo, permitir la autorización de que se financie el gasto público “imprimiendo billetes”; o incluso remover a consejeros que no son afines al gobierno de turno. Sin duda que este debilitamiento podría traer consecuencias en el ansiado control de la inflación, que lamentablemente hoy está más presente que nunca.
  2. ¿Las expropiaciones serán compensadas adecuadamente? Tengo mis dudas. La propuesta establece que el mecanismo de expropiación por causa de utilidad pública se cancelará con un “justo precio” y que “el pago deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado”. En simple, el expropiado podría ser compensado, mas no necesariamente con dinero en efectivo y al contado. Por lo demás: ¿Qué es el “precio justo”? ¿sería el valor de mercado en todos los casos?
  3. ¿Es balanceado el diseño de las potestades exclusivas sobre el gasto público del Ejecutivo? Actualmente, las iniciativas legislativas que incurren en gasto fiscal son materia exclusiva del Presidente, pues él es quien tiene la responsabilidad de manejar la billetera estatal. En el régimen político que se propone, esta regla tiene todo sentido, pero con innovaciones que busquen aminorar la creciente tensión política con el Parlamento. Así, es un avance que se le dé un mayor rol al Legislativo al permitirle que pueda presentar iniciativas que conlleven gasto, con patrocinio del Ejecutivo. Sin embargo, el problema de este asunto está en que, al no establecer un límite temporal para dicho patrocinio, los parlamentarios podrían usar esta herramienta como un mecanismo de presión, pues se podrá poner llevar a votación si contar o no con el patrocinio.
  4. ¿Quedó bien definido el “mecanismo preferente” del Estado para la restitución de tierras a los pueblos indígenas? ¿Qué significa esto en la práctica? ¿El mecanismo preferente será la expropiación? ¿Esto implica que el territorio queda bajo un cuestionamiento de propiedad para los propietarios no indígenas o esta se refiere a los títulos de dominio establecidos en la ley indígena? El párrafo habla por sí mismo. Todo esto abre más dudas que respuestas, pues quedará sujeto a una amplia interpretación sobre cuál será su alcance.
  5. ¿La posibilidad de endeudamiento municipal vendrá acompañada por una disciplina crediticia? Los gobiernos regionales y locales podrán emitir deuda en conformidad a lo que establezca una ley, de la que aún no sabemos cuáles serán sus regulaciones mínimas, pero sí podemos tener claro que no se incorporaron restricciones constitucionales que salvaguarden la sostenibilidad fiscal local. Como todas las entidades territoriales podrán establecer tasas y contribuciones dentro de sus zonas, habrá una variabilidad en nuestro sistema tributario que hará muy difícil predecir las finanzas fiscales.

Qué más se puede decir. Hasta ahora, lo que sabemos, es que no sabemos mucho. Es cierto que, como decía Voltaire, “la duda no es una condición placentera pero la certeza es absurda”. No debemos confundir el abrir espacios de discusión con el conformar escenarios inciertos más de lo necesario, en donde las respuestas no asusten más de lo que las preguntas nos puedan inquietar.