N° 376, julio 2014
Puntos de Referencia
Convención Constitucional
Política
Pueblos indígenas
Pueblos Originarios

Representación de los pueblos indígenas en el Congreso. Preguntas a considerar

Ricardo González T., Isabel Aninat S..

En atención a los anuncios del Gobierno sobre la creación de un mecanismo que haga efectiva la representación de los pueblos indígenas en el Congreso, se plantean una serie de consideraciones que deberían tenerse en cuenta para su elaboración.

Dada su excepcionalidad, muchas preguntas surgirán al tratar de materializar este mecanismo. Las respuestas deben ser lo suficientemente sólidas y sustantivas para validar las alternativas elegidas.

Materializar esta representación especial podría darse por medio de una ley de cuotas, lo que plantea preguntas en torno a si cumpliría con hacerla efectiva, o por la creación de un distrito especial nacional virtual que establezca escaños asegurados para los pueblos indígenas. Esta segunda opción implicaría resolver las siguientes cuestiones:

  • ¿Quiénes serían los electores? ¿Sólo las personas pertenecientes a los pueblos indígenas o todos los electores del padrón electoral?
  • ¿Cuántos votos debiesen tener dichos electores? ¿Debiesen tener dos votos o uno solo? En dicho caso, ¿debieran optar por usar su voto en el distrito especial o en el distrito general?
  • ¿Dónde debiesen asegurarse los escaños reservados para los pueblos indígenas? ¿En la Cámara de Diputados o en el Senado?
  • ¿Cuál sería su justificación en cada caso?
  • ¿Cuántos escaños se deberían asignar? ¿Qué criterio se debiera seguir para determinar el número de escaños?
  • ¿Los escaños reservados debieran ser distribuidos entre los nueve pueblos indígenas que hoy se reconocen en Chile? Si es así, ¿en base a qué criterio?
  • ¿Cuáles debiesen ser los requisitos para postularse como representante indígena? ¿Debiesen existir requisitos especiales como pertenecer a un pueblo indígena u otros adicionales?

 

Frente a cada pregunta, existen múltiples opciones. A nivel comparado tampoco existe un único camino a seguir. Por lo tanto, es necesario que la discusión de un eventual proyecto de ley en esta materia dé respuestas a estas consideraciones y preguntas.