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Opinión

Autonomías territoriales y la debilidad de la coordinación

Aldo Mascareño.

Autonomías territoriales y la debilidad de la coordinación

Una eficiente arquitectura de coordinación es fundamental para enfrentar los problemas complejos existentes hoy en Chile.

La fuerte vinculación que el concepto de autonomía tiene con los territorios y los colectivos que habitan en ellos, así como los problemas de coordinación que esto producirá se puede constatar al revisar el borrador de la nueva Constitución por medio la plataforma digital C22 del Centro de Estudios Públicos (c22cepchile.cl)

Las autonomías territoriales incluyen a las regiones, las comunas, los territorios indígenas y los territorios especiales. Todas ellas se caracterizan por anclar territorialmente a grupos de personas, por el desarrollo de normas propias, por la pretensión de suficiencia económica, y por una autonomía colectiva que vincula a los pueblos indígenas a un espacio específico. La autonomía que prevalece, por tanto, no es solo territorial, sino también identitaria y culturalista.

Las exigencias a estas autonomías no son pocas. Se mencionan en el borrador constitucional, por ejemplo, el estatuto comunal (una especie de ‘constitución’ de la comuna), la posibilidad de creación de empresas a nivel regional, la exigencia de rendir cuentas a todas las entidades territoriales y su relación con los servicios y organizaciones públicas.

Frente a estas y otras exigencias autonómicas, las tareas de coordinación no son sistemáticamente delineadas por el texto constitucional, salvo por principios abstractos como el de solidaridad, que no apunta a acciones concretas.

El énfasis en la autonomía territorial del borrador constitucional no se condice con una adecuada atención a los problemas de coordinación. En el borrador se pone énfasis en la autonomía de territorios, pero no se formula sistemáticamente una arquitectura de coordinación y gobernanza descentralizada para tratar con estas autonomías. Se presenta la necesidad de coordinación, pero no se delinea su estructura fundamental.

La coordinación de autonomías es un proceso emergente que se desarrolla históricamente en órdenes políticos federalistas como los existentes en Europa, pero aplicada a una historia estatal centralista como la chilena, se corre el riesgo de reproducir un esquema concéntrico y transformar el orden autonómico en un corporativismo estatista. Seguramente, el diseño de consejos autónomos (Alcaldes y Alcaldesas, Consejo Social Regional, de Gobernadores, Territorial, y de la Naturaleza) pretenda ser una respuesta a esta necesidad de coordinación. Sin embargo, más que consejos autónomos, se requiere de una arquitectura de gobernanza compleja que equilibre autonomía e interdependencia en un horizonte que incluso debe ir más allá del Estado hacia un nivel transnacional. El territorialismo convencional limita esta perspectiva.

Una eficiente arquitectura de coordinación es fundamental para enfrentar los problemas complejos existentes hoy en Chile, tales como las migraciones interregionales en busca de fuentes laborales, la inclusión social sin distinciones territoriales, las transferencias entre regiones con más y menos recursos, o los problemas socioecológicos que nunca afectan a una región en particular, sino a grupos de ellas. Sin esta perspectiva de coordinación compleja, el borrador constitucional puede producir un regionalismo retórico o de fachada que frustrará las expectativas de descentralización que se abren para las regiones.