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Cordura fatalista

Joaquín Trujillo S..

Cordura fatalista

¿Qué quiere decir que sea una ficción jurídica? Quiere decir que no es una apelación a la realidad, sino que a un ideal que la historia ha demostrado como cuerdo, pero no fatal, una estabilidad que vale la pena cuidar.

En 1748 Montesquieu dijo que era un absurdo pensar que la fatalidad pudiera dar lugar a la inteligencia, de lo cual se desprendía que la fatalidad no era más que un espejismo que debía ser roto por la inteligencia.

En ese mismo siglo, Lessing escribió que quien no enloquecía ante ciertos hechos graves era porque nunca había sido cuerdo. Y claro, la Revolución, en Francia, que coronó a ese siglo, fue supuestamente una locura que haría recuperar la cordura, una locura en que se vieron escenas de un resentimiento caníbal como aquella en que los pobres untaron el pan en la sangre de una princesa, apenas rodó su aristocrática cabeza.

Desde que la inteligencia se halló capaz de rediseñar el mundo, zambulléndose para eso incluso en la purificadora locura colectiva, la predecible fatalidad ha dado paso a una prolongada inestabilidad. A partir de entonces la política fue un territorio abierto a grandes definiciones.

La lucha por cristalizar en ley las meras opiniones ha sido consustancial a esa inestabilidad. La expectativa realista de lograrlo no ha dado tregua.

De ahí que los mecanismos procedimentales del derecho hayan llegado a constituirse en una fatalidad buena, que protege a la inteligencia de la locura, por muy genial que esta última luzca.

Este estilo mesurado, a veces mediocre como la cordura, que había estado dando a la vida política el orden liberal, tan afín al derecho clásico, se ha puesto recientemente en peligro. Y ese peligro esta vez no viene tanto de la locura revolucionaria como sí de la cordura fatalista.

¿En qué consiste esa cordura fatalista?

Consiste en rebajar los ideales de la inteligencia, sea moderna, ilustrada o posmoderna, al territorio de lo supuestamente real. Lo paradójico es que esta cordura fatalista, a medida que va adquiriendo confianza en sí misma, comienza a exhibir sus excesos, que suelen alejarse de esa cordura, inicialmente su tarjeta de presentación.

Por eso, las grandes tendencias políticas que hemos visto y que seguramente seguiremos viendo pueden resumirse en dos.

La primera es aquella que propugna que la fuerza es el único verdadero derecho, es decir, que la realidad no es más que eso, y que es absurdo evadirla pues, tarde o temprano, se impondrá.

La segunda, que la verdadera fuerza es el derecho, porque sin el derecho todo es frágil. Ciertamente, la mera fuerza es una realidad que a veces gana, pero sus victorias no duran.

Ambas tienen variantes. La primera, por ejemplo, la de aquellos que dicen que una vez que la fuerza desnuda haya actuado, debe comenzar a actuar solo la fuerza propia del derecho. La segunda, que si bien la única fuerza verdadera es la del derecho, habrá ocasiones en que se deba permitir a la fuerza restaurar el derecho.

De ahí que, en resumidas cuentas, ambas digan, en algún punto, lo mismo, pero mientras la primera se desnuda para volver a vestirse, la segunda intenta mantenerse siempre vestida, pase lo que pase.

La primera tesis la hizo suya Hitler; la segunda, el Príncipe de Metternich, recordado como el canciller austriaco que detuvo los afanes de Napoleón, a quien, con ciertas reservas, Hitler admiró.

 En un escenario de cordura fatalista, todo lo demás, cualquiera sea su ostentoso nombre, no sirve más que como excusa para que prevalezca esta o aquella. El punto está en que, dado tal escenario, no es posible salirse de estos límites, y que, obviamente, es preferible la segunda a la primera, porque la segunda es una ficción jurídica, mientras que la primera es una realidad a la cual los seres humanos han combatido para existir como tales.

¿Qué quiere decir que sea una ficción jurídica?

Quiere decir que no es una apelación a la realidad, sino que a un ideal que la historia ha demostrado como cuerdo, pero no fatal, una estabilidad que vale la pena cuidar.