El Mercurio, 5 de julio de 2014
Opinión

¿Habitantes o electores? II

Lucas Sierra I., Isabel Aninat S., Ricardo González T..

Andrés Tagle discrepa de la carta en que preguntamos por las razones del cambio inédito que introduce el proyecto de reforma del binominal al reemplazar, para la construcción de los distritos, el criterio de población («habitantes») por el de población habilitada para votar («electores»). En línea con muchas democracias, como Alemania, EE.UU., Francia y el Reino Unido, en Chile se han considerado siempre los habitantes, al menos desde 1828.

El proyecto cambia esta tradición sin justificarlo. Nosotros pensamos que debe justificarse. No solo porque la carga de la argumentación pesa sobre quien propone un cambio, sino también porque este tendría efectos prácticos que llaman la atención, al dejar distritos con menos diputados que otros menos poblados.

Los argumentos del señor Tagle no lo justifican. Primero alude al principio constitucional de la igualdad del voto, relacionándolo con los requisitos que la Constitución establece para el derecho a votar. La igualdad, concluye, debe calcularse entre quienes cumplen esos requisitos, es decir, entre los electores y no entre los habitantes.

La conclusión es equivocada. La Constitución dice que «el sufragio será personal, igualitario, secreto y voluntario», exigiendo que, a la hora de votar, todos los votos sean iguales, es decir, que todos cuenten como uno. Pero esto no tiene que ver con la decisión de contar habitantes o electores para construir las unidades electorales. Por ejemplo, las circunscripciones senatoriales se diseñan sin consideración a personas, sino que a la geografía. ¿Piensa Andrés Tagle que el sistema electoral vigente ha sido inconstitucional por 25 años, al considerar la geografía para el Senado y a los habitantes para la Cámara?

La cuestión aquí no es la igualdad que él señala, sino el carácter representativo de la democracia. ¿Cómo mejorar la representación? Por ejemplo, la responsabilidad penal adolescente se establece a partir de los 14 años. ¿Se maximiza la representación democrática si la población entre 14 y 18 años es totalmente ignorada al construir el mecanismo de dicha representación? ¿Por qué disminuir la representación de poblaciones más jóvenes, aumentando la de poblaciones de más edad? La ley obliga a todos los habitantes, no solo a los electores.

El segundo argumento del señor Tagle tampoco justifica el cambio. Afirma que la información contenida en el padrón electoral es «muchísimo más confiable, certera, actualizada y regular que las proyecciones de población del INE». Pero omite el hecho, reconocido por el Servel, de que el padrón 2013 todavía incluye cerca de 545 mil mayores de 80 años, entre los que hay alrededor de 45 mil mayores de 100 años, muchos de los cuales están, probablemente, muertos. ¿Preferiremos contar electores muertos antes que habitantes probablemente vivos para asignar escaños a cada distrito?

El cambio del binominal es ineludible. Por lo mismo, la forma en que se haga no debe dejar preguntas tan básicas sin respuestas.