Puntos de Referencia N° 628, octubre 2022
Puntos de Referencia
Economía
Políticas públicas

Análisis de las indicaciones al Proyecto de Ley de Royalty a la Minería

Gabriel Ugarte V., Rodrigo Vergara M..

Análisis de las indicaciones al Proyecto de Ley de Royalty a la Minería

El 25 de octubre de 2022, el ejecutivo ingresó indicaciones a la propuesta de nuevo Royalty a la Minería que había ingresado en julio de 2022. El proyecto original derogaba el Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM) existente y creaba un Royalty a la Minería, con un componente ad valorem y otro sobre el margen operacional.

  • El 25 de octubre de 2022, el ejecutivo ingresó indicaciones a la propuesta de nuevo Royalty a la Minería que había ingresado en julio de 2022. El proyecto original derogaba el Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM) existente y creaba un Royalty a la Minería, con un componente ad valorem y otro sobre el margen operacional. Este gravamen tiene como objetivo aumentar la tributación de la gran minería del cobre, para generar una mayor recaudación en el contexto de la reforma tributaria.
  • En un estudio reciente (Ugarte y Vergara, 2022) se advirtió que la propuesta original de Royalty a la Minería propuesta por el ejecutivo podía poner en riesgo la competitividad de la industria minera del país. Dicho proyecto penalizaba especialmente a las empresas mineras con bajos márgenes operacionales a través de un elevado impuesto sobre las ventas (ad valorem) y una tasa sobre el margen operacional que dependía directamente del precio del cobre. También se prohibía descontar los costos de depreciación y la amortización de gastos de organización y puesta en marcha de la base imponible en el componente sobre el margen.
    Las indicaciones a la propuesta original del Royalty a la Minería incluyen importantes avances respecto de las advertencias indicadas. El componente ad valorem se reduce a una tasa fija de 1%. Respecto del componente sobre el margen, se definen tasas que dependen del margen operacional minero y se permite contabilizar como costo la depreciación en la base imponible.
  • Las indicaciones propuestas al Royalty a la Minería efectivamente eliminan la penalización que existía a empresas mineras de bajo margen. Para el caso de estas empresas se obtiene una carga tributaria entre 42% y 47% (entre 37% y 42% si solo se considera un retiro del 50% de las utilidades), observándose tasas de impuestos que son entre 5 y 7 puntos porcentuales mayores a las que se tienen hoy.
  • Sin embargo, las indicaciones propuestas exhiben una alta carga tributaria comparada en el caso de empresas con alto margen. Dependiendo del margen operacional, las tasas tributarias totales fluctúan entre 53% y 63% (entre 46% y 55% si solo se considera un retiro del 50% de las utilidades). Lo anterior corresponde a un incremento entre 11 y 20 puntos porcentuales respecto de la situación actual. El principal factor que se relaciona con este incremento es la tasa sobre el margen, con tasas efectivas que pueden llegar hasta el 26%.
  • Para la empresa con alto margen analizada sólo una de las simulaciones mostró cargas tributarias totales bajo 50%. En el caso de estas empresas la carga tributaria sube para precios bajos y se reduce para precios altos, en comparación con la propuesta original. Esto sucede por los ajustes al componente sobre el margen.
  • En conclusión, las indicaciones a la propuesta de Royalty a la Minería muestran avances importantes respecto de los problemas detectados con anterioridad. No obstante lo anterior, todavía queda una margen de mejora, de forma de llegar a tasas efectivas de impuesto significativamente mayores a las actuales, pero que a su vez no pongan en riesgo al país como destino de las inversiones mineras.