Nº 266, junio 2003.
Puntos de Referencia
Economía
Educación
Pobreza y desigualdad

Cuotas obligatorias de alumnos “vulnerables” en la educación subvencionada: Defectos constitucionales

Lucas Sierra I..

  • Este texto analiza la cuota de un 15% de «vulnerabilidad» que se busca introducir en la educación particular desde el punto de vista de los derechos constitucionales.
  • Dicha cuota se sostiene, no maximiza ningún derecho constitucional. Por el contrario, amenaza los derechos a la educación y a la libertad de enseñanza.
  • Los objetivos que parecen perseguirse con la cuota aún no han sido clarificados por sus defensores. Con todo, algunos de los objetivos que cabe imaginar son socialmente deseables, si bien no materializan ningún derecho constitucional.
  • Es razonable pensar que en nuestro esquema constitucional los legisladores se encuentran bajo un mandato de ponderación: deben elegir la regla que maximiza un derecho constitucional, dejando incólumes otros derechos constitucionales o lesionándolos lo menos posible. Sin maximizar ningún derecho constitucional, la cuota del 15% sólo lesiona derechos.
  • Para alcanzar los objetivos sociales que la cuota parece buscar, una alternativa constitucional es establecer una subvención diferenciada, esto es, mayores recursos para los alumnos «vulnerables». Así, se podrían perseguir esos objetivos sociales maximizando los derechos constitucionales a la educación y a la libertad de enseñanza.
  • Lo anterior significaría que los legisladores obedecen el mandato de ponderación a que deben sujetarse en una democracia constitucional y liberal. Significaría, también, que los legisladores saben distinguir entre argumentos de política y argumentos de principio.