Nº 68, noviembre 1990.
Puntos de Referencia
Derecho

Estudio sobre la competencia práctica de la Corte Suprema

Miguel González Pino.

  • La Corte Suprema no ha hecho uso de todas las posibilidades que le ofrece el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, para ejercer a través de sus facultades contraloras de institucionalidad.
  • Resulta riesgoso dejar en m anos de los jueces de primera instancia la facultad de decidir si determinado precepto legal es inconstitucional, por existir un vicio durante su tramitación, y, por lo tanto, prescindir de su aplicación.
  • Tampoco es conveniente que en el caso de un precepto legal anterior a la actual Constitución, y que sea contrario a ésta, no haya una declaración formal de la Corte Suprema al respecto, a través del recurso respectivo.
  • El recurso de casación en el fondo, como medio para velar por la correcta y uniforme aplicación de las leyes, se ha deteriorado y ha sido reemplazado en la práctica por el recurso de queja.
  • Los Ministros de la Corte Suprema deben destinar parte importante de su tiempo para integrarse a distintos organismos en los que se requiere su presencia.