- El proyecto elimina la posibilidad de que el empleador ponga término al contrato sin expresión de causa, y en su reemplazo introduce el concepto de necesidades de la empresa como causa de despido.
- La prueba de la existencia de la «necesidad de la empresa» puede ser difícil ante un tribunal laboral, lo que en la práctica podría significar que siempre se pague el 25% de recargo cuando haya reclamo del trabajador.
- Se elimina el tope de 150 días de remuneraciones para la indemnización, lo que, unido al recargo del 25% señalado, son factores que inciden directamente en el costo de mano de obra, y que, por lo tanto, podrían reducir la demanda por trabajo.
- Se propone una indemnización a todo evento de a lo menos 15 días por año, pero sólo a partir del noveno año de trabajo. Si el sistema es bueno para las partes, no se ve por que no podría aplicarse desde el primer año de trabajo.
- En el caso de la indemnización a todo evento, ésta debe ser depositada mes a mes por el empleador, en una cuenta especial que se crea en la AFP a la que está afiliado el trabajador.
- Uno de los artículos transitorios señala que la indemnización sin tope regirá, de ser aprobada, con efecto retroactivo a partir del comienzo de la tramitación del proyecto.