Nº 96, mayo 1992.
Puntos de Referencia
Educación

Una propuesta para el debate educacional

Eugenio Cáceres, Harald Beyer.

  • En el mes de marzo del presente año el Ministerio de Educación dio a conocer una propuesta de Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos de la Educación General Básica y Media. Ello lo hacía en cumplimiento de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. Entre los objetivos fundamentales que plantea la propuesta se incluyen los denominados Objetivos Fundamentales Transversales, los que han originado una intensa polémica.
  • Los Objetivos Fundamentales Transversales, sobre los cuales los establecimientos educacionales del país tendrán que incluir una proposición en sus respectivos planes y programas, dicen relación con: 1) la formación moral de los alumnos; 2) competencias personales y sociales, y 3) con temas emergentes y relevantes. La forma en que están planteados estos objetivos hace difícil objetarlos. Sin embargo, ellos obligan al Estado, a través del Ministerio de Educación, a comprometerse con determinados valores, competencias y temas emergentes, lo que nos parece totalmente innecesario.
  • Por cierto que el proceso educativo requiere de formación, de lo cual, sin embargo, no se sigue que el Estado deba asumir expresamente la tarea de definir los valores de la sociedad chilena. Más bien debe asegurar que se respete la pluralidad de proyectos educativos que una sociedad como la chilena puede generar. Con todo, cabe hacer notar que el principio de desconcentración curricular que la Ley Orgánica y esta propuesta consagran, les permite a los colegios operacionalizar estos objetivos desde su particular visión del mundo.
  • Un punto verdaderamente crítico surge si hubiese colegios sin proyectos educativos propios. En este caso, la Ley Orgánica establece que estos colegios deberán regirse por planes y programas elaborados por el Ministerio de Educación y aprobados por el Consejo Superior de Educación, lo que, dada la naturaleza de los Objetivos Fundamentales Transversales, significa que algunos colegios estarán sujetos a la particular concepción valórica de las autoridades educacionales de turno. Ello se puede evitar, sin embargo, permitiendo la creación de un Banco de Proyectos Educativos administrado por una instancia como, por ejemplo, el Consejo Superior de Educación, al cual podrían acceder los colegios que carezcan de planes y programas. Este Banco podría crearse con proyectos educativos elaborados por la iglesia Católica, instituciones académicas y educacionales, universidades, Colegio de Profesores, etc.