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“La Cámara de las Regiones tendría en el mejor de los casos un rol anecdótico”

Luis Eugenio García-Huidobro H..

“La Cámara de las Regiones tendría en el mejor de los casos un rol anecdótico”

Entrevista al abogado e investigador del CEP, Eugenio García-Huidobro.

Este lunes 25 de abril termina el plazo para presentar las indicaciones al tercer informe de Sistema Político. Esta será una de las últimas instancias para saber cómo serán los últimos detalles que definirán qué tipo de Poder Legislativo se consagrará en la nueva Carta Magna.

Tras el último “gran acuerdo” en la comisión de Sistema Político, que optó por un diseño que combina un régimen presidencialista con un bicameralismo asimétrico, las dudas ahora se centran en las atribuciones que tendrá la Cámara de las Regiones, la nueva instancia que reemplazará al actual Senado.

Esto último es el nudo principal que tiene a los convencionales negociando las indicaciones. Mientras algunos constituyentes no quieren dar más atribuciones a la Cámara de las Regiones, otro grupo -liderado principalmente por el Colectivo Socialista- está haciendo todo lo posible para que esta segunda Cámara tenga más poder.

En ese contexto, el abogado constitucionalista e investigador del Centro de Estudios Públicos (CEP), Eugenio García-Huidobro, explica en esta entrevista su visión sobre la fórmula acordada por los convencionales y las limitadas atribuciones que tenía la segunda cámara en el anterior informe, un desequilibrio que algunos expertos han dicho que constituiría un “unicameralismo disfrazado”.

¿Comparte la opinión de que en la propuesta faltan pesos y contrapesos?

Sí. Muchos convencionales creen que un bicameralismo asimétrico significa que la segunda cámara debe ser irrelevante, pero eso es falso. Incluso en los casos más extremos de bicameralismo asimétrico, como Bélgica o Austria, las segundas cámaras sirven de freno y contrapeso a la otra cámara. En la propuesta de los convencionales, en cambio, la Cámara de las Regiones tendría en el mejor de los casos un rol anecdótico dentro del proceso legislativo.

¿Cuál es la importancia de ese otro poder?

Una idea central de todo sistema presidencial es que toda cámara legislativa debe servir de freno no sólo al poder presidencial, sino también al de la otra cámara. Por eso líderes autoritarios como Maduro o Fujimori fueron tan entusiastas del unicameralismo. Un poder legislativo con menos cámaras significa menores límites al ejercicio del poder presidencial. Tal vez por esta misma razón no existe sistema presidencial a nivel comparado que adopte un bicameralismo asimétrico. Este es una fórmula de diseño constitucional propia de los sistemas parlamentarios que excepcionalmente también se presenta en algunos sistemas semipresidenciales. En ambos, los límites del poder Ejecutivo y Legislativo no son claros. En los sistemas presidenciales en cambio ambos poderes tienen una relación antagónica que les permite controlarse unos a otros.

¿Cuáles serían los pros y contras de este sistema presidencialista con un bicameralismo asimétrico?

La asimetría entre cámaras tiene como ventaja que minimiza los casos de inmovilismo legislativo por desacuerdo entre ambas, ya que normalmente va a primar la opinión de la Cámara de Diputados. Dicho eso, todos los bicameralismos asimétricos contemplan mecanismos que incentivan a la cooperación entre cámaras. En Australia, por ejemplo, el rechazo sostenido de proyectos de ley en el Senado puede desencadenar la disolución de ambas cámaras del parlamento. Las desventajas de este esquema legislativo es que se debilitan los frenos y contrapesos que deben existir entre todos los actores constitucionales. Este es un riesgo que no debe minimizarse en un escenario de populismo tan extendido como el que nos afecta.

¿Aquí solo se concentraría el poder en la Cámara de Diputados?

Es un posible riesgo. La propuesta, que afortunadamente se rechazó, concentraba excesivamente el poder legislativo en la Cámara de Diputados. Esto que de por sí es problemático, debe ser contextualizado con otras discusiones que están ocurriendo. Todavía ronda la idea en la Convención de mover las elecciones de diputados a la segunda vuelta presidencial, lo que facilitaría que el Presidente tenga una mayoría parlamentaria en la Cámara de Diputados. Por otro lado, ya se aprobó en el pleno que todo proyecto de ley sólo tendrá que ser aprobado por mayoría simple de los diputados y que esta cámara podrá sesionar con la asistencia de tan solo un tercio de sus integrantes. Mirado en términos globales, el esquema legislativo que se comienza a avizorar es problemático.

¿Cuáles son los riesgos de que la Cámara de las Regiones quede débil en sus atribuciones?

La historia latinoamericana nos enseña que en todo sistema presidencial existe un riesgo de concentración del poder por el personalismo que supone organizar el Ejecutivo en torno a una única persona. Una cámara legislativa simbólica aumenta considerablemente esos riesgos sobre todo porque no se trata de cualquier cámara. Es difícil dimensionar el rol histórico que ha tenido el Senado chileno como uno de los principales contrapesos institucionales que han permitido a nuestra democracia ser una de las más estables y funcionales de la región.