El País
Opinión

La Constitución como cierre

Luis Eugenio García-Huidobro H..

La Constitución como cierre

Cualquier exclusión o restricción injustificada que pueda avanzarse bajo ella supondría un retroceso democrático, al impedir que la gobernabilidad que se dice ofrecer pueda expresarse bajo pautas de pluralismo e igualdad de oportunidades.

En la tensa espera del plebiscito chileno del próximo 17 de diciembre, los defensores y detractores de la propuesta constitucional han sugerido que la alternativa que ellos defienden ofrece un cierre a los procesos constituyentes que han mantenido al país en vilo desde 2019.

Los defensores de la propuesta sugieren que su ratificación ofrece un punto final a la discusión constituyente, al proporcionar un reemplazo constitucional elaborado en democracia, lo que permite subsanar la principal carencia que se le imputa a la Constitución vigente. En tanto, quienes se oponen argumentan insistentemente que no habrá un nuevo proceso constituyente en caso de que ella sea rechazada, por cuanto esto evidenciaría una negativa ciudadana a perseverar en tal sentido.

Hay buenas razones para mostrarse escépticos ante cualquier promesa de cierre. De ganar el A favor, se iniciará un proceso de implementación que probablemente tardará décadas y consumirá mucha atención parlamentaria. A la inversa, quienes hoy prometen un rechazo ciudadano como posibilidad de clausura, hace solo unos meses le negaban cualquier legitimidad a la Constitución vigente por la que hoy abogan. Parece dudoso creer que se defienda aquello que hace tan poco se denunciaba como un texto escrito por cuatro generales y en contra del cual, se sugería, cualquiera alternativa sería preferible. Es cierto que, en el evento de un nuevo rechazo, la Constitución chilena será a nivel comparado una de las que mayor número de veces ha sido ratificada por la ciudadanía. Pero tampoco puede desconocerse que una Constitución –la vigente, la votada o cualquier otra– solo tendrá futuro si ella es apoyada incondicionalmente por la mayoría del arco político, con independencia de los cálculos electorales de corto o mediano plazo.

Es interesante notar que este argumento de clausura ha estado presente en distintos momentos de la experiencia constituyente chilena. En 2019 se justificó la necesidad de una nueva Carta Fundamental, entre otros argumentos, porque eliminaba la mancha simbólica que suponía una Constitución promulgada en dictadura, a pesar de sus múltiples reformas en democracia. Era un cierre y un nuevo comienzo. Posteriormente, muchos sostendrían su posición a favor de la propuesta de la Convención Constitucional en el plebiscito de septiembre de 2022 alegando que, aún con todos sus defectos y excesos, tal alternativa ofrecía cerrar el ciclo constitucional.

Con independencia de cuál sea el desenlace del plebiscito, vale la pena preguntarse si una Constitución puede realmente ofrecer un cierre o clausura. Para despejar tal interrogante es útil recurrir a la distinción que ofrece el norteamericano Sanford Levinson, para quien toda Constitución se compone de dos elementos centrales, que él llama la Constitución de lo zanjado y la Constitución de la conversación.

La primera procura dejar fuera de la discusión democrática ciertas cuestiones que estructuran la toma de decisiones dentro del proceso político, como el sistema para elegir al presidente o el procedimiento que debe seguirse para la promulgación de una ley. Como el ajedrez, solo la claridad y eficacia de estas reglas nos permiten en definitiva jugar a algo y no estar simplemente ante manchas blancas y negras. Bajo esta dimensión, es innegable que la Constitución vigente evidencia graves carencias, al establecer un sistema presidencial altamente disfuncional, que se caracteriza por su alta fragmentación y por los escasos incentivos que tienen los actores políticos a cooperar entre ellos.

En contraste, la Constitución de la conversación de Levinson apunta a dejar abierto un marco que permita desarrollar la disputa por el sentido de los valores en la vida común. Para que una carta fundamental sea exitosa, debe permitir a todos los sectores de la política democrática reivindicarla como la fuente de sus valores y programas, incluso si ellos son contradictorios. Esta apertura es la que permite que una Constitución sea comparada con una novela inacabada (Ronald Dworkin) o con una catedral en construcción (Carlos Nino), porque sólo así ella puede ser entendida como un diálogo entre generaciones y no como una imposición de unos a otros.

Esto también permite que pueda ser una herramienta tan útil para estructurar el proceso democrático. Los diferentes actores políticos lucharán –de un modo que Chantal Mouffe llama agonal– por darle a ésta un sentido acorde a sus expectativas sin dejar de defenderla. Si para algunos el derecho a la vida es el fundamento para oponerse al aborto, para quienes lo defienden como un derecho de la mujer éste será antes bien la razón para exigir un mínimo material que permita sustentar una vida digna. Precisamente por ello las constituciones más exitosas comparten como un rasgo común ser especialmente ambiguas o indeterminadas respecto de los clivajes sobre los cuales se estructura la competencia política.

Normalmente la forma de conciliar tales dimensiones es a través de un equilibrio doble. En primer lugar, consagrando una Constitución de la conversación mínima, que permita acomodar la diversidad de demandas que supone una sociedad compleja. Ella deberá limitarse a reconocer unos cuantos consensos sociales que posibiliten cimentar un proyecto común de autogobierno, pero ofreciendo protección ante posibles abusos de la autoridad y cautelando la posición de las minorías que exige el pluralismo democrático. En segundo lugar, diseñando una Constitución de lo zanjado eficaz y detallada, cuya discusión sea realizada bajo un velo de la ignorancia que posibilite no saber en favor de quiénes operará finalmente. Y es que no debemos olvidar que, en última instancia, eso es precisamente un proyecto constitucional: un acuerdo entre élites sobre cómo estructurar la competencia política y la vida en sociedad, que ellas se obligan a cumplir y hacer cumplir con independencia de cuál sea el desenlace.

De todo esto se desprende que habrá cierres que un cambio constitucional puede ofrecer y otros que será mejor evitar. En tal sentido, será bienvenida toda mejora en la Constitución de lo zanjado que concluya finalmente la agonía que ha supuesto a los chilenos más de una década de polarización estéril. Si tal es el caso –algo difícil de determinar, dada la alta cantidad de variables y supuestos involucrados– la propuesta constitucional sometida a votación podría efectivamente ofrecer un cierre al problema de gobernabilidad que afecta al país.

Pero tal alternativa solo será viable en el mediano o largo plazo si no compromete o restringe la constitución de la conversación. Cualquier exclusión o restricción injustificada que pueda avanzarse bajo ella supondría un retroceso democrático, al impedir que la gobernabilidad que se dice ofrecer pueda expresarse bajo pautas de pluralismo e igualdad de oportunidades. En tal escenario, lo constitucional irremediablemente continuará siendo un espacio de disputa política.