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Reforma tributaria para un próspero 2023

Gabriel Ugarte V..

Reforma tributaria para un próspero 2023

Este escenario debe obligar a analizar los plazos para modificar las reglas tributarias, dando un periodo razonable de adecuación a los más afectados, con el mayor consenso político posible. No hacerlo podría generar efectos económicos y sociales adversos muy alejados del resultado que busca el Gobierno.

Comenzó un nuevo año y continúa la tramitación de una ambiciosa reforma tributaria, proyecto que está en el corazón del Programa de Gobierno, pues proveerá de los recursos para avanzar en los derechos sociales prometidos. Si bien se proyectaba su aprobación para marzo, en el Congreso ya estiman que no se despachará antes del segundo semestre. Es un cuerpo legal complejo desde lo técnico y lo político, por lo que vale la pena detenerse a revisar lo avanzado y los aspectos donde cabe esperar un debate más álgido.

Actualmente, el proyecto se encuentra todavía en primer trámite legislativo en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados y ha tenido un lento avance desde su ingreso el 7 de julio.

Desde entonces, el Ejecutivo ha presentado indicaciones en tres ocasiones. Entre ellas destacan, por su impacto en la recaudación, el rediseño del tributo al diferimiento de impuestos personales y la incorporación de la cláusula que establece una carga tributaria máxima de 50% sobre la rentabilidad del capital, para acotar el efecto del impuesto a la riqueza. Estas indicaciones disminuirían la recaudación proyectada de la reforma desde un 4,1% a un 3,6% del PIB, la que sigue siendo alta si se compara con la reforma tributaria de la presidenta Bachelet, que proyectaba un 3%, pero cuya recaudación efectiva fue de sólo un 1,5% del PIB.

A la fecha, la Comisión de Hacienda ha aprobado las iniciativas relacionadas con las medidas anti-evasión y elusión, que representan cerca de un 40% de la recaudación total, así como aquellas referidas al nuevo sistema de tributación general para empresas y personas.

Entre estas últimas sobresalen la desintegración del sistema para grandes empresas (eliminando el crédito por el impuesto corporativo), la disminución del umbral de ventas para acceder al régimen de renta presunta (con un nuevo tope de 2.400 UF), el incremento a 22% del tributo a las ganancias de capital en operaciones bursátiles (desde el 10% actual), la limitación al uso de pérdidas al 50% de la renta líquida imponible (en forma gradual hasta 2027) y la creación de la tasa de desarrollo de 2% (que reduce el impuesto corporativo de 27% a 25% siempre que se acrediten gastos por esa diferencia que califiquen como inversión en productividad).

Hasta aquí lo avanzando. ¿Qué queda por delante? Sin duda, aspectos importantes que probablemente se seguirán discutiendo en el Senado. Entre estos nudos, cabe destacar:

  • Impuesto a la riqueza: La reforma plantea un tributo a la riqueza con una recaudación proyectada de 0,5% del PIB. Este tipo de impuestos ha sido derogado por la mayoría de los países que alguna vez lo suscribieron por la baja recaudación, altos costos asociados a su implementación y las distorsiones que produce en la economía. ¿Tendremos que recorrer el camino largo para darnos cuenta de esto y asumir todos los costos en el intertanto?
  • Tributo al diferimiento de impuestos personales para empresas cuyos ingresos provienen en más de un 50% de rentas pasivas: El Ejecutivo, recogiendo la crítica, cambió la base imponible de este tributo desde las utilidades retenidas al impuesto personal diferido, aunque aumentando la tasa, lo que disminuye la recaudación en 0,39% del PIB. A pesar de la modificación, este impuesto sigue siendo cuestionado por los efectos que podría tener en la inversión. Por lo tanto, no es descabellado pensar que pueda haber aún margen para cambios.
  • Nuevo royalty a la minería: Al proyecto ingresado en julio, el Ejecutivo ingresó indicaciones en octubre acogiendo las críticas al diseño original que dejaba a Chile con tasas de tributación comparativamente altas, poniendo en riesgo la competitividad de la industria minera. Sin embargo, la propuesta actual todavía requiere ajustes. Así lo hicimos ver en una investigación reciente junto a Rodrigo Vergara (Análisis de las indicaciones al proyecto de ley Royalty a la Minería), donde alertábamos sobre las elevadas tasas de impuesto para empresas mineras con alto margen.

Por último, no hay que desconocer que el contexto económico y legislativo que enfrentará el país los próximos años requerirá pensar bien el proceso de transición al nuevo sistema tributario. El último Informe de Política Monetaria (IPoM) proyecta una disminución del PIB entre un 0,75% y un 1,75% para el 2023, a lo que se añade una relevante alza en los precios y un deterioro del mercado laboral. A esto se suma la tramitación de la reforma de pensiones y el proyecto de 40 horas que, una vez aprobados, tendrán impactos económicos relevantes.

Este escenario debe obligar a analizar los plazos para modificar las reglas tributarias, dando un periodo razonable de adecuación a los más afectados, con el mayor consenso político posible. No hacerlo podría generar efectos económicos y sociales adversos muy alejados del resultado que busca el Gobierno, así como abrir la puerta a posteriores modificaciones que afecten la estabilidad tributaria. Basta ver las fuertes presiones, incluso desde parlamentarios, para retrasar la entrada en vigencia de la ley que elimina la exención de IVA a los servicios que fue aprobada a principios de 2022. Este es un botón de muestra del poco margen de error que tienen nuestros parlamentarios especialmente con la envergadura de esta reforma.