Nº 280, marzo 2007.
Puntos de Referencia
Economía
Energía
Políticas públicas

Incentivos al ahorro de energía. Algunas sugerencias para mejorar el reglamento propuesto por la CNE

Alexander Galetovic, Cristián Muñoz M..

  • El artículo 90 bis de la ley eléctrica introducido por la Ley Corta 2 permite que un generador pacte reducciones o aumentos de consumo de energía con cualquier consumidor. Esta nota sugiere algunas mejoras al proyecto de reglamento que propuso la Comisión Nacional de Energía, CNE, en noviembre de 2006.
  • La CNE propuso un procedimiento apropiado para contabilizar el ahorro de cada consumidor y asignárselo a quien lo incentivó. Sin embargo, el distribuidor no tiene que entregar información sobre el historial del consumo de cada consumidor. Sin esta información es mucho más difícil, y tal vez impracticable, diseñar campañas de ahorro eficaces y eficientes. En ese sentido, se le otorga una especie de monopsonio de hecho a cada distribuidora. Esto es innecesario e inconveniente.
  • En primer lugar porque la contabilización y promoción de ahorros es una actividad rutinaria de comercialización sin grandes economías de escala que puede ser realizada por cualquier retailer.
  • En segundo lugar, es muy probable que existan economías de ámbito entre el ahorro de energía y el resto del retail, tanto por el lado de la oferta como por el lado de la demanda. Por ejemplo, un consumidor afiliado a una gran tienda o cadena de supermercado puede preferir que le paguen su reducción de consumo con puntos o regalos. Al mismo tiempo, la gran mayoría de los clientes residenciales ya está en las bases de datos de los grandes retailers chilenos, lo que reduce fuertemente los costos de contacto.
  • En tercer lugar, la distribuidora no es el agente más indicado para impulsar los ahorros de consumo porque cada kWh ahorrado reduce sus ingresos y utilidades. Por lo tanto, a la distribuidora le interesa menos estimular el ahorro de energía.
  • Por último, tanto la normativa como la operación del mecanismo de ahorro se pueden perfeccionar a medida que se acumule experiencia y para ello la información sobre el historial del comportamiento del consumo de cada consumidor es vital.
  • Proponemos que sea obligatorio entregarles a los generadores la identificación de cada consumidor y su historial de consumo y modificar la ley para permitir que comercializadores independientes y de otros ámbitos puedan ofrecer incentivos al ahorro o al consumo. Es importante notar que cada consumidor ya paga por la generación de dicha información –lectura, procesamiento y almacenaje–.
  • También sugerimos que todos los generadores puedan hacerles ofertas de reducciones de consumo a todos los consumidores, independientemente de si los abastece o no.