Nº 118, julio 1993.
Puntos de Referencia
Derecho
Medios de comunicación
Política

Una protección más efectiva de las libertades de opinión e información

Miguel González Pino.

  • El anteproyecto de ley sobre Libertad de Opinión y de Información, elaborado por una comisión representativa de distintos sectores involucrados, constituye un avance importante respecto del concepto de «ley de abusos de publicidad» que caracteriza a la legislación sobre prensa hasta nuestros días.
  • Aunque no se ha definido todavía el proyecto definitivo que enviará el Ejecutivo al Parlamento, es interesante reseñar los aspectos destacados del trabajo elaborado por la Comisión formada por la Secretaría General de Gobierno.
  • Se declara que el derecho garantizado por la Constitución incluye el libre acceso a la información, el derecho a expresar opiniones y difundir informaciones libremente, y el derecho a recibir informaciones y opiniones de terceros.
  • Se hace una distinción entre medios de comunicación social y medios de difusión, para los efectos de establecer responsabilidades, obligaciones y garantías.
  • Se protege la libertad de opinión y de información sancionando las conductas discriminatorias y las que impidan o restrinjan ¡legalmente su ejercicio. Se crean nuevas figuras delictivas, tales como las presiones ¡legítimas para obtener la publicación o difusión forzada de un comunicado.
  • La libertad de expresión tiene como principales límites el derecho a respuesta, el derecho al honor y a la vida privada, el orden público, la seguridad del Estado, las limitaciones judiciales y la comisión de delitos contra otros bienes jurídicos protegidos.
  • Se restringen las facultades de los jueces para limitar las informaciones, lo que sólo podrán hacer en juicios penales sobre crímenes y por causa justificada en necesidades de la investigación.